FACULTADES, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LA UNIDAD O DEPENDENCIA Existirá un director de seguridad pública en todas aquellas comunas donde lo decida el concejo municipal, a proposición del alcalde. Para estos efectos, el alcalde estará facultado para crear dicho cargo y proveerlo en el momento que estime conveniente, de acuerdo con la disponibilidad del presupuesto municipal.
Art.16 bis C)FL I Fija eI texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley NO 18.695 |
DESCARGAS
Descarga Acuerdo de Consejo Municipal N° 171 |
Descarga Decreto Alcaldicio N° 4145 |
Descarga Plan Comunal de Seguridad Publica Municipalidad San Esteban - 2025 |
ORGANIGRAMA
INFORMACIÓN DE CONTACTO
Director de Seguridad Publica: Carlos Alamos Guerra
e-mail: seguridad@munisanesteban.cl |